“1. La prevención de riesgos laborales, como actuación a desarrollar en el seno de la empresa, deberá integrarse en su sistema general de gestión, comprendiendo tanto al conjunto de las actividades como a todos sus niveles jerárquicos, a través de la implantación y aplicación de un plan de prevención de riesgos laborales cuya estructura y contenido se determinan en el artículo siguiente.
La integración de la prevención en el conjunto de las actividades de la empresa implica que debe proyectarse en los procesos técnicos, en la organización del trabajo y en las condiciones en que éste se preste.
Su integración en todos los niveles jerárquicos de la empresa implica la atribución a todos ellos, y la asunción por éstos, de la obligación de incluir la prevención de riesgos en cualquier actividad que realicen u ordenen y en todas las decisiones que adopten.
2. Los trabajadores y sus representantes deberán contribuir a la integración de la prevención de riesgos laborales en la empresa y colaborar en la adopción y el cumplimiento de las medidas preventivas a través de la participación que se reconoce a los mismos en el capítulo V de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
La participación a que se refiere el párrafo anterior incluye la consulta acerca de la implantación y aplicación del Plan de prevención de riesgos laborales de la empresa, la evaluación de los riesgos y la consiguiente planificación y organización preventiva en su caso, así como el acceso a la documentación correspondiente, en los términos señalados en los artículos 33 y 36 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.”
Fuente: Real Decreto 39/1997 – B.O.E.
Atendiendo a lo estipulado por la ley y a la relación de artículos correspondiente a la campaña “Alinea siempre tu mejor 11” publicados hasta ahora, podemos concluir:
Que las empresas debemos realizar la integración de la PRL en el sistema general de la misma, alcanzando a todos los niveles jerárquicos y comprendiendo al conjunto de actividades de la empresa.
Para que la integración de la PRL sea efectiva en el conjunto de actividades de nuestra empresa, debe ser integrada en todos los procesos técnicos que se lleven a cabo, a la hora de realizar la organización del trabajo, además de en las condiciones de prestación del mismo. Por tanto, entendemos que la se realiza una verdadera y eficaz integración cuando se lleven a cabo los procedimientos según los requisitos preventivos pre-establecidos y cuando las personas intervinientes en estos procesos posean la formación necesaria.
La integración en todos los niveles jerárquicos de nuestra empresa conlleva a la obligación de incluir la PRL en cualquiera de las actividades y en todas y cada una de las decisiones que se tomen en la gestión empresarial.
¿CÓMO REALIZAMOS UNA INTEGRACIÓN EFICIENTE Y EFICAZ DE LA PRL EN EL SENO DE NUESTRA EMPRESA?
La herramienta a través de la cual integraremos la prevención en el sistema general de gestión de nuestra empresa, es el PLAN de PREVENCIÓN de RIESGOS LABORALES, a través de su cuidadoso diseño y efectiva implantación.
Del Plan de Prevención ya hemos hablado en el artículo anterior, “Evaluación de riesgos”, y podemos afirmar que es el pilar fundamental sobre el que se sustenta la integración de la PRL, y a través del cual la empresa debe establecer su política de prevención.
Para ampliar información sobre la integración de la PRL en las empresas, y más en concreto, sobre la implantación del plan de prevención en la empresa podéis descargar la información en el material sobre “Integración de la Prevención de Riesgos Laborales en la empresa”:
BIBLIOGRAFÍA.
- Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
- RD 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.
Ésta es una nueva entraga de la campaña «Alinea tu mejor 11»