Los instrumentos esenciales para la gestión y aplicación del plan de prevención de riesgos, que podrán ser llevados a cabo por fases de forma programada, son la evaluación de riesgos laborales y la planificación de la actividad preventiva. En este artículo nos vamos a centrar en la primera de ellas: La Evaluación de Riesgos.
La Ley de Prevención de Riesgos Laborales establece que la evaluación de riesgos debe llevarse a cabo inicialmente y cuando se efectúen determinados cambios, de modo que se puedan detectar los riesgos que existan en todos y cada uno de los puestos de trabajo de la empresa y afecten a la seguridad y salud de los trabajadores.
El principal objetivo de la evaluación de riesgos es reducir y controlar debidamente los riesgos que no pueden ser eliminados, estableciendo aquellas medidas preventivas, valorando los riesgos según las consecuencias y probabilidades de que ocurran el accidente o la enfermedad profesional.
Para el desarrollo de las actuaciones asociadas a la evaluación de riesgos tendremos en cuentas los siguientes criterios principales:
- La evaluación de riesgos debe ser realizada por personal debidamente cualificado y sus procedimientos de actuación deben ser consultados con los representantes de los trabajadores.
- Ésta debe realizarse con la colaboración de los trabajadores expuestos a los riesgos que vayan a evaluarse.
- Antes del inicio de cualquier nueva actividad el mando deberá reunirse con sus trabajadores para asegurarse de que éstos conocen los riesgos los que están expuestos y las medidas preventivas a adoptar.
- Se tendrán en cuenta siempre, en la evaluación de riesgos, aquellos que puedan afectar a trabajadores especialmente sensibles como son los menores, las mujeres embarazadas y los minusválidos.
La evaluación inicial debe ser revisada en cualquiera de los siguientes casos:
- Cuando haya algún cambio en las condiciones de trabajo, tanto en la organización como en la introducción de nuevas tecnologías, productos, equipos, etc.
- Cuando se produzcan daños en la salud de los trabajadores o se aprecie que las medidas de prevención son inadecuadas o insuficientes.
- Si existiera una periodicidad legalmente establecida o exista un acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores.
La ejecución de la evaluación de riesgos en una Pyme, se realizará revisando con especial atención las instalaciones, las máquinas, los equipos, las herramientas y/o los productos empleados. Durante la ejecución de las labores que concluyan en una evaluación de riesgos, deberán observarse con detenimiento los lugares de trabajo. Es fundamental tener en cuenta la formación de los trabajadores y sus hábitos a la hora de realizar las diferentes tareas.
Una vez concluida la evaluación de riesgos se deberán mostrar los resultados a los trabajadores afectados para que estén debidamente informados sobre los riesgos existentes y las medidas que deben adoptar para evitarlos.
![](https://www.preveex.es/wp-content/uploads/2016/01/banner-AT0078-2015-FunPRL.jpg)