- Controles de condiciones de seguridad, higiene, ergonomía y psicosociología (estrés, mobbing, etc.), como cualquier actividad que nos sea solicitada por las Organizaciones Empresariales, Asociaciones o Empresas.
En la actualidad hay una presión creciente hacia el incremento de la productividad, como corresponde a una economía cada vez más globalizada. Sin embargo, ese objetivo debe ir acompañado de una adecuada política de calidad en el empleo, como lo refleja la cada vez más extendida preocupación por la Responsabilidad Social de las empresas, que considera que unas buenas condiciones de trabajo repercuten beneficiosamente en la productividad. En coherencia con ello, es preciso estimular la inversión en prevención de riesgos laborales y ésta, como toda inversión, debe ser evaluada, aunque en este caso no son sólo económicos los criterios que deban considerarse. No obstante, hay una dimensión específicamente económica que no puede soslayarse y su abordaje pone de manifiesto una de las carencias de la práctica preventiva en España, como es la ausencia de información sobre los costes de los daños a la salud, y ni tan siquiera del más conocido de ellos, el accidente de trabajo.
Continuación de la difusión de la cultura preventiva en la Comunidad Autónoma.
La Cultura Preventiva es un concepto utilizado en el contexto de la Seguridad y la Salud en el trabajo para hacer referencia al conjunto de usos, costumbres y conocimientos, orientados todos ellos a la prevención de accidentes y enfermedades profesionales. Ya que nuestra meta final es solucionar los problemas de siniestralidad laboral, necesitamos cambiar nuestras costumbres, socialmente aceptadas de riesgo, por costumbres preventivas. Para ello, la cultura preventiva debe introducirse en las empresas, particularmente en las pequeñas y medianas, para lo cual será necesario realizar campañas de difusión específicas y poner a punto medios, también específicos, de ayuda para las mismas.
Recopilación de normativa en prevención de riesgos laborales.
La trasposición de las distintas Directivas Europeas a la prevención de riesgos laborales, ha originado que se desarrollen una serie de normativas legales, todas ellas a partir de la que se constituyó la norma marco en la materia, que es la Ley 31/1995, 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
A partir de este momento, han sido múltiples los avances conseguidos en esta materia, y a consecuencia de las necesidades derivadas del día a día de los puestos de trabajo se va especificando cada vez más, en la normativa extraída de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
Por todo esto, el Gabinete realizará una recopilación sobre la normativa publicada en 2011 que se haya unido a la ya existente, o en su caso de aquella normativa que se ha incorporado al ordenamiento español. Con ello, pretendemos acercar todo este conocimiento a los empresarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y por extensión a todos los trabajadores.
Para el desarrollo de las tres primeras actuaciones se cuenta con la financiación de la Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales.
Agradecemos a todos vuestro interés.