El capítulo IV del documento «INTEGRACIÓN DE LA PREVENCIÓN EN LA EMPRESA» una vez simplificado se presenta (para ver el documento sin simplificar dejar el cursor sobre el párrafo a visualizar):
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EVALUACIÓN DE LOS RIESGOS Y VALORACIÓN DE LA INTEGRACIÓN DE LA PREVENCIÓN EN LA EMPRESA
El empresario debe evitar el riesgo y evaluar, por medio de alguna de las modalidades preventivas, aquel que no pueda evitarse.
El servicio de prevención debe evaluar los riesgos laborales y valorar la integración de la prevención en el sistema de gestión de la empresa.
El empresario debe evitar los riesgos y, en su caso, evaluar aquellos riesgos que no se han podido evitar. Así mismo debe integrar la prevención en el sistema general de gestión. Velará, por tanto, para que se efectúe tanto la evaluación de los riesgos como la valoración de la integración de la prevención, y recabará del servicio de prevención, en su caso, la información necesaria para determinar la naturaleza y urgencia de las medidas recomendadas.
El servicio de prevención debe realizar una evaluación de los riesgos que le permita asesorar al empresario sobre la necesidad de tomar medidas preventivas, de corrección o control, teniendo en cuenta las condiciones del trabajo, las del trabajador y la normativa aplicable; en la evaluación deben incluirse los riesgos derivados de las posibles situaciones de emergencia.
El servicio de prevención, para realizar la evaluación, debe seguir un procedimiento basado en criterios objetivos (legales o, en su defecto, de validez técnica reconocida), que permita la realización de mediciones, salvo cuando la apreciación profesional permita llegar directamente a una conclusión, expresada de forma que oriente al empresario sobre la medida y su urgencia.
El servicio de prevención debe valorar la efectividad de la integración de la prevención en la empresaidentificando los “fallos de gestión” aflorados durante la evaluación de riesgos, sin perjuicio de eventuales valoraciones adicionales. Para efectuar la valoración tomará como referencia las funciones / actividades de las distintas unidades de la empresa especificadas en el plan de prevención.
Este artículo es la continuación de I y II, y tendrá futuras entregas.
Recordamos que este artículo no es más que una simplificación del documento elaborado por el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo -INSHT-.