
Vista la Directiva 2006/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de mayo de 2006, relativa a las máquinas y por la que se modifica la Directiva 95/16/CE (1), y, en particular, su artículo 11, apartado 3,
...
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
La medida tomada por España de prohibir la comercialización de una hidrolimpiadora de alta presión de tipo Parkside PHD 100 B2 fabricada por Grizzly Gartengeräte GmbH & Co. KG, Alemania, y distribuida por la empresa LIDL Supermercados, S.A.U., España, está justificada.
Artículo 2
Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.
Hecho en Bruselas, el 8 de febrero de 2016.
Por la Comisión
Elżbieta BIEŃKOWSKA
Miembro de la Comisión
Puedes consultar el texto completo:
Decisión de Ejecución (UE) 2016/175 de la Comisión, de 8 de febrero de 2016, relativa a una medida adoptada por España de conformidad con la Directiva 2006/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, para prohibir la comercialización de un tipo de hidrolimpiadora de alta presión [notificada con el número C(2016) 670]
